LA LIQUIDACIÓN PROVISIONAL EN EL PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO.

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2023-11-02

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Bogotá

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La facultad de recaudo y fiscalización de los tributos es una función constitucional del Estado. A nivel nacional esta función radica en cabeza la Unidad Administrativa Especial- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en adelante DIAN, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de la rama ejecutiva, quien con fundamento en el Estatuto Tributario despliega amplias facultades para el efecto. Esta entidad del orden nacional, se creó con un carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio. En el presente documento, se hace un recuento de lo que significa esta función de recaudo y fiscalización, así como también del órgano que la ejecuta, a saber, la DIAN, describiendo su estructura en los niveles central, local y delegado. Se muestra cómo el procedimiento tributario general sufrió una variación con la expedición de la Ley 1819 de 2016 que trajo la figura de la Liquidación Provisional, como un procedimiento abreviado a través del cual la DIAN adelanta sus facultades fiscalizadoras.

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Palabras clave

Derecho Tributario, Procedimiento Tributario, liquidación provisional, Impuestos, Sanciones.

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