¿De qué Manera el Cambio de Fuero en la Competencia Territorial de los Procesos de Imposición de Servidumbre de Conducción de Energía Eléctrica Afecta la Tutela Judicial Efectiva de los Demandados?

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Resumen

La servidumbre es gravamen de un derecho real que recae en un predio dominante a un predio sirviente con la finalidad de ejercer una explotación económica o de un derecho, siendo de sus ejemplos la servidumbre de energía eléctrica en materia de servicios publico domiciliarios en donde se ejerce con mayor frecuencia, una etapa de arreglo directo y otra contenciosa, pero en la última etapa persiste una controversia. La Corte Suprema de Justicia sala civil en su precedente ha cambiado una sub regla en materia de doctrina probable por medio de autos para determinar la competencia del juez en un factor subjetivo cuando el demandante es el Estado, pese a que ley la determina en el factor real, pese a esto contraviene de manera flagrante el derecho de contradicción del accionado toda vez que lleva traumatismo en ejercitar su derecho defensa o tutela judicial efectiva al disponer un gasto excesivo en interponer acciones divergentes a su asentamiento de domicilio o en donde se encuentra el bien objeto de gravamen, en este sentido se presenta un error jurisdiccional por el cambio de línea jurisprudencial que hace factible un daño antijurídico

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Palabras clave

Debido Proceso, Tutela Judicial Efectiva, Factor Real, Factor Subjetivo, Corte Suprema de Justicia, Servidumbre Eléctrica, Precedente, Error Jurisdiccional

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