La responsabilidad patrimonial del estado y el estado de cosas inconstitucional en las cárceles colombianas

Resumen

La Corte Constitucional dentro de su jurisprudencia se atribuyó la facultad de declarar el estado de cosas inconstitucional mediante la emisión de sentencias estructurales en las que se estudian casos donde se evidencian sistemáticas y generalizadas vulneraciones a derechos fundamentales a distintos sectores de la población, impartiendo órdenes importantes para que las autoridades encargadas de proteger tales derechos neutralicen esa situación que contraría lo postulados constitucionales a gran escala.

Un evento que ha adquirido especial importancia en el marco de las sentencias que declaran el estado de cosas inconstitucional es la vulneración de derechos fundamentales a la población recluida en los centros penitenciarios y carcelarios de Colombia, pues desde el año 1998 con la Sentencia T-153 y hasta el año 2022 con la sentencia SU-122 se ha declarado y reiterado esta problemática en la jurisprudencia constitucional, al evidenciarse situaciones de hacinamiento, insuficiente prestación de servicios médicos, falta de alimentación y sanidad, entre otras circunstancias que han generado daños antijurídicos reparables por el Estado.

Dicho lo anterior, dentro de la presente investigación se abordó la temática de la responsabilidad patrimonial del Estado frente al estado de cosas inconstitucional las cárceles colombianas, para lo cual se desarrollaron los siguientes objetivos: se estudió lo atinente a la evolución jurisprudencial de este fenómeno; se identificó el marco jurisprudencial sobre responsabilidad del Estado por daños causados por las deficiencias del sistema carcelario que condujeron a la declaratoria del estado de cosas inconstitucional; y, se establecieron los daños que se pueden ocasionar por el estado de cosas inconstitucional en el sistema carcelario de Colombia.

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Palabras clave

Daños,, Responsabilidad del Estado, Estado de cosas inconstitucional, Sistema carcelario, Jurisprudencia

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