Planteamiento de la Doctrina Sobre la Audiencia de Conciliación Como Requisito de procedibilidad en el Proceso Monitorio en Aras de Garantizar la Estabilidad Jurídica en Colombia

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2019

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Pereira

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Resumen

El proceso monitorio fue introducido al ordenamiento jurídico colombiano gracias al Código General del Proceso, innovando y generando debates y discusiones sobre su aplicación y eficacia. Este artículo explica si se hace imperioso el requerimiento de la conciliación como requisito de procedibilidad o no para la admisión de dicho proceso, lo anterior a fin de garantizar seguridad jurídica en el sistema judicial. Los instrumentos aplicados recolectaron información relevante con respecto a uno de los puntos frágiles del mencionado proceso el cual hace referencia a la exigibilidad de la audiencia de conciliación como requisito de procedibilidad, enfrentándose con el artículo 38 de la Ley 640 de 2001e implantando confusión a la hora de presentar la demanda, toda vez que el demandante se expone a su inadmisión y eventual rechazo.

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Palabras clave

Conciliación, Proceso monitorio, Requisito de procedibilidad, Doctrina, Seguridad jurídica

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